A las 5:30 de la mañana de este viernes 3 de mayo, a través del canal de YouTube, el pleno de la Corte Suprema de Justicia, declaró que por mayoría de votos (8-1) no es inconstitucional la candidatura presidencial de José Raúl Mulino, por el partido Alianza y Realizando Metas (RM).
La magistrada presidente de la CSJ, explicó que el pleno tomó la decisión motivada por el momento histórico y en el que corresponde defender la patria y la democracia, así como la institucionalidad, la paz social, el derecho a elegir y ser elegidos y el pluralismo político, sin olvidar el importante rol que juegan los partidos en el fortalecimiento de la democracia.
“Corresponde que esta decisión se tome con visión de Estado y en defensa a los derechos, valores y principios constitucionales, acentuando el espíritu de la Constitución que se encuentra concentrado en su preámbulo garantizar la libertad, asegurar la democracia, y la estabilidad institucional...”, indicó la magistrada
Con este sustento, la Corte declaró que no es inconstitucional el punto resolutivo segundo del acuerdo del Pleno 11-1 del 4 de marzo de 2024, proferido por el Tribunal Electoral, que inhabilitó a Ricardo Martinelli para correr para presidente y para diputado y que al mismo tiempo decidió que José Raúl Mulino podía reemplazarle en la papeleta de presidente.
En un comunicado del Órgano Judicial señala lo siguiente:
El Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), por mayoría, declaró que no es inconstitucional el Punto Resolutivo Segundo del Acuerdo del Pleno 11-1 de 4 de marzo de 2024, proferido por el Tribunal Electoral (TE), y que fuera demandado por la abogada Karisma Karamañites Testa.
El fallo emitido por el Máximo Tribunal de Justicia de la República de Panamá, tuvo como ponente al magistrado Olmedo Arrocha Osorio (presidente de la Sala Primera de lo Civil) y en su análisis participaron los ocho magistrados y magistradas titulares de la CSJ: María Eugenia López Arias (presidenta de la CSJ), Carlos Alberto Vásquez Reyes (vicepresidente de la CSJ y presidente de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo y Laboral), Angela Russo de Cedeño, Miriam Yadira Cheng Rosas, Maribel Cornejo Batista, Ariadne Maribel García Angulo, Cecilio Antonio Cedalise Riquelme y María Cristina Chen Stanziola.
La decisión del Pleno de la CSJ, recibió ocho votos a favor y un salvamento de voto del magistrado Cecilio Antonio Cedalise Riquelme; y se comunicó hoy viernes 3 de mayo de 2024, al concluir la sesión permanente del Pleno extraordinario convocado la mañana del martes 30.
Luis Eduardo Camacho, de Realizando Metas reaccionó a la decisión de la Corte, expresó que esa demanda nunca debió ser admitida.
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