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Gobierno autoriza importación de 786 mil quintales de arroz

El Consejo de Gabinete aprobó el Decreto 9-26, el cual autoriza la importación de un contingente arancelario adicional de arroz en cáscara. Esta medida busca cubrir las necesidades de consumo de la población panameña hasta el inicio del siguiente período de cosecha, debido a que la producción nacional se ha visto afectada por el fenómeno de El Niño.
El decreto señala que el Comité de la Cadena Agroalimentaria de Arroz, a través de un Acuerdo de Reunión Ordinaria de 26 de mayo de 2026, recomendó la aprobación de un contingente arancelario por 786,000 quintales de arroz en cáscara, con fecha límite de ingreso hasta el 15 de septiembre de 2026. Esta medida responde a que la situación climática actual ha provocado retrasos en el inicio de las siembras y afectaciones en el desarrollo del cultivo a nivel nacional.

En dicha reunión, donde estuvieron presentes representantes de los productores, agroindustriales, importadores, distribuidores de insumos y del Gobierno Nacional, se informó que los análisis de inventarios actuales y los contingentes arancelarios por importar garantizan la producción nacional esperada hasta la tercera semana de septiembre de 2026.

Este balance técnico confirmó la necesidad del nuevo contingente, debido a que las proyecciones de las cosechas esperadas para los primeros meses del período agrícola 2025-2026 se encuentran retrasadas y disminuidas por los efectos climáticos.
Esta decisión, respaldada por la recomendación del Comité de la Cadena Agroalimentaria de Arroz, está encaminada a garantizar la seguridad alimentaria de la población. Al ser el arroz el principal producto de la canasta básica y la fuente principal de carbohidratos en la dieta panameña, se reafirma la necesidad de incentivar su producción, comercialización y consumo.

Con el propósito de impulsar el desarrollo integral del sector agropecuario, El Consejo de Gabinete también aprobó el Decreto N. 8-26, mediante el cual se crean 11 incisos arancelarios y se elimina uno en el Arancel Nacional de Importación de Arroz. Esta medida es el resultado del análisis técnico realizado por la Comisión Arancelaria del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para el desdoblamiento de la Subpartida 1006.30, con el fin de identificar las variedades de arroz que no se producen en el territorio nacional.

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